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10 de noviembre de 2016

CNRT: "Programa de Exámenes y Procedimiento para la evaluación de idoneidad profesional"

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1227/2016 de fecha 07 de Noviembre de 2016 de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se sustituye el Anexo II de la Resolución N° 759 de fecha 21 de mayo de 2014 de la CNRT, ente autárquico entonces dependiente de la ex Secretaría de Transporte del ex Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, por el Anexo que forma parte de la presente resolución.


VISTO el Expediente N° S02:00114234/2016 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 759 de fecha 21 de mayo de 2014 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ente autárquico entonces dependiente de la ex SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, se aprobó el “REGLAMENTO DE EXÁMENES PARA EL OTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DE IDONEIDAD PROFESIONAL Y HABILITACIÓN DEL PERSONAL DE CONDUCCIÓN FERROVIARIA”, que como ANEXO I forma parte de la misma.

Que a través del precitado Reglamento se establecen las condiciones, procedimientos y requisitos para la obtención del Certificado de Idoneidad Profesional, y la Licencia Nacional Habilitante por parte de los postulantes a conducción ferroviaria, así como el funcionamiento del CENTRO DE EVALUACIÓN FERROVIARIA dependiente de la GERENCIA DE CONTROL TÉCNICO FERROVIARIO de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado del MINISTERIO DE TRANSPORTE, para la evaluación teórico y práctica de los conductores, en todas sus modalidades y tracciones.

Que por el Capítulo IV “PROGRAMA DE EXÁMENES Y PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE IDONEIDAD PROFESIONAL” del Reglamento se determinan las condiciones generales de los exámenes, sus modalidades, contenidos y procesos de evaluación, aprobación y aplazo.

Que respecto de las evaluaciones escritas se prevé la utilización de un software que brinde aleatoriamente un cuestionario con opciones múltiples referido a la unidad o tema que corresponda.

Que el Organismo ha implementado una nueva tecnología para la toma de exámenes escritos fuera del ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES mediante el empleo de una computadora portátil conectada mediante la Red Internet vinculando, a través de una red privada virtual (VNP por las siglas en inglés de Virtual Private Network), las distintas escuelas del interior del país con el CENTRO DE EVALUACIÓN FERROVIARIA ubicado en las oficinas de la GERENCIA DE CONTROL TÉCNICO FERROVIARIO en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que dicha medida permitirá satisfacer la demanda de exámenes en el interior de nuestro país, máxime teniendo en cuenta el incremento generado como consecuencia de la incorporación de material rodante a la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRENES ARGENTINOS CARGA), lo cual constituía una solicitud tanto de empresas ferroviarias como de entidades gremiales.

Que a tales efectos, a partir del mes de octubre se asignaron CUATRO (4) inspectores examinadores, conformando DOS (2) parejas, para que se trasladen a distintos puntos del interior del país de manera semanal y llevando una computadora portátil cada una.

Que en función de lo precedentemente expuesto, en esta instancia resulta dable adecuar la estructura arancelaria vigente en lo que respecta al traslado de examinadores fuera del ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, mediante la sustitución de la parte pertinente del ANEXO II de la Resolución N° 759/14 de esta Comisión Nacional, de manera tal que la misma guarde relación con el costo que le reporta al Organismo cumplimentar las tareas asignadas.

Que las GERENCIAS DE CONTROL TÉCNICO FERROVIARIO y DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS han elaborado los informes que dan cuenta de la sustentabilidad de la presente medida.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Estatuto de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, aprobado por Decreto N° 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996, modificado por su similar N° 1661 de fecha 12 de agosto de 2015.

Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustitúyese el ANEXO II de la Resolución N° 759 de fecha 21 de mayo de 2014 de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ente autárquico entonces dependiente de la ex SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, por el ANEXO que en UNA (1) foja forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. ROBERTO DOMECQ, Director Ejecutivo, Comisión Nacional de Regulación del Transporte.

ANEXO
ARANCELES

Categorías                     Concepto            Importe
Artículo 6° incisos a), 
b), c), d) e i)                  Aspirante                 $ 66,00.-
                    Tema I                    $ 66,00.-
                    Tema II                    $ 66,00.-
                    Tema III            $ 198,00.-
                    Tema IV, V y VI            $ 264,00.-

Artículo 6° incisos 
e), f), c), g) y h)              Tema l                     $ 132,00.-
                     Tema II             $ 330,00.-
Todas              Emisión Licencia 
                     Nacional Habilit             $ 83,00.
                     Reposición Licencia 
                     Nacional Habilit             $ 42,00.-
                     Traslado examinador
                     fuera del Área 
                     Metropolitana 
                     de Buenos Aires 
                     (artículo 21 inciso a) 
                     y art. 22 inciso c)              $ 7.000,00.-

En todos los casos se cobrará el doble de los valores indicados si se tratare de repetición de examen de aspirante o de un tema por reprobación anterior. A su vez se duplicará el nuevo valor en caso de persistir la reprobación.

Si los examinadores del Centro debieren trasladarse para tomar examen fuera del ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, se deberá abonar el importe correspondiente al traslado de cada uno de ellos indicado en el cuadro precedente, además del Arancel correspondiente a aspirante y/o tema por cada uno de los postulantes.

28 de octubre de 2015

La Fraternidad: Aconseja buena presencia personal al momento de dar examen

Gremiales

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Circular General Nro. 43 de fecha 27 de Octubre de 2015 el gremio La Fraternidad comunica a los Directores e Instructores Técnicos de las Escuelas Técnicas Seccionales, a efectos de que trasmitan a los concursantes de los diferentes cursos de capacitación, las siguientes recomendaciones inherentes a las formas y presentación personal que deberán guardar ante las examinaciones a realizar en el Centro de Evaluación Ferroviaria de la CNRT, ante los funcionarios examinadores de esa organismo.


Según la circular, "la cuestión es que se ha observado reiteradamente, que determinados concursantes asisten a esta instancia, la cual consideramos trascendente en el desarrollo humano y profesional de todos los trabajadores fraternales, sin observar debidamente aspectos relacionados en cuanto a la presencia, que la importancia que este acto merece".

"Debemos destacar en este aspecto, que además de los saberes incorporados de las diferentes cursadas, en necesario realizar un esfuerzo para potenciar nuestra imagen ante los examinadores y lograr un efecto positivo en la interacción con los mismos durante la examinación, instancia en que primará incuestionablemente el respeto a los mismos".

En ese sentido también aconseja que "la adecuada presencia representa una devolución gratificante a sus correspondientes Instructores Técnicos y Autoridades Gremiales y por correlación a toda La Fraternidad, por el esfuerzo colectivo que permite año tras año incorporar nuevos trabajadores a nuestra carrera profesional".

Por último recomienda a todos los concursantes, la presentación apropiada ante el Centro de Evaluación Ferroviaria, observando el adecuado aseo personal, incluir como vestuario: camisa de vestir y corbata, pantalón de vestir, zapatos de calle, y además, sin estar en el ánimo de la organización querer establecer criterios o prohibiciones en cuanto a la apariencia personal de los representados, recomendando también "la no exhibición de, piercing, aros, etc., y presentar el cabello, y cuando corresponda la barba prolijamente cortada".

26 de mayo de 2014

A partir de hoy comienza a funcionar nuevo Centro de Evaluación Ferroviaria en la C.N.R.T.

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Esta lunes comenzó a funcionar el nuevo Centro de Evaluación Ferroviaria en las oficinas de la CNRT ubicadas en Bartolomé Mitre 2815 – 2º piso. El mismo cuenta con 3 aulas para exámenes totalmente nuevas, con puestos informáticos para el nuevo sistema de evaluación de idoneidad profesional destinado a conductores.

Según la C.N.R.T. informa que "hay que destacar que el factor humano en la circulación ferroviaria es uno de los componentes fundamentales del sistema. Por ello, toda mejora que se realice para garantizar adecuados niveles de capacidad en quienes realizan dicha tarea a diario redunda en un beneficio para todo el sistema ferroviario".


Al mismo tiempo, la evolución tecnológica y las inversiones realizadas por el Estado Nacional en materia ferroviaria, invita a adecuar la metodología, programas y procedimientos para la toma de exámenes a los futuros conductores.

Los principales elementos que posee el nuevo entorno y sistema de evaluación son:

* A los exámenes orales se les suma exámenes escritos con opciones múltiples y respuestas cerradas generadas mediante un software que permite medir los conocimientos, habilidades y aptitudes de los postulantes, con una corrección rápida, mecanizada y  objetiva.

* La nueva tecnología para la toma de exámenes permite la utilización de recursos informáticos que generan confiabilidad y eficacia, reduciendo tiempos y reforzando la transparencia del sistema.


* La remodelación de las aulas para la toma de exámenes brinda un clima propicio para el correcto desempeño de los postulantes, con material didáctico moderno y actualizado.